## AUCI y personal diplomático de la Embajada de Chile, podrán entrevistar a los postulantes si se estima pertinente.
LA ACEPTACION AL PROGRAMA DE MAGISTER Y LOS EVENTUALES COSTOS DE ESTE PROCEDIMIENTO, ES DE RESPONSABILIDAD DE CADA POSTULANTE. PARA ELLO, SE RECOMIENDA QUE PROCEDAN A COMUNICARSE POR CORREO ELECTRONICO CON LOS RESPONSABLES DEL PROCESO DE ADMISION DE CADA UNIVERSIDAD Y CONSULTAR, POR ESCRITO, TODOS LOS DETALLES ASOCIADOS AL PROGRAMA DE ESTUDIOS: REQUISITOS DE INGRESO, COMPETENCIAS PREVIAS, ÉNFASIS DEL PROGRAMA, MALLA CURRICULAR, ENTRE OTRAS.
El no ingreso de toda la documentación exigida en la presente convocatoria o el ingreso de documentación falsa, será causal de eliminación en el proceso de selección final.
No se aceptarán candidaturas de extranjeros que posean visa de residencia y/o trabajo en Chile.
COMPROMISOS QUE DEBERÁN ASUMIR LAS PERSONAS QUE RESULTEN SELECCIONADAS.
Los/as candidatos/as seleccionados para una beca otorgada por AGCID deberán:
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Viajar a Chile, en los casos que corresponda, o encontrarse en Chile, con una anticipación suficiente a la fecha de inicio del respectivo Programa de Estudio (se sugiere entre 3 y 5 días hábiles antes).
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a) Informar con 2 semanas de anticipación el viaje a Chile.
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b) Enviar copia del ticket de vuelo y adjuntar copia del pasaporte.
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c) Enviar copia de la Resolución de aprobación de visa.
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d) Traer dinero suficiente para mantenerse durante el periodo en que se tramite la cédula de identidad
chilena, hasta realizar el primer cobro del beneficio de la asignación mensual (aproximadamente 30 días).
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Obtener, con la debida anticipación, el permiso de la entidad empleadora (en el caso que corresponda).
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Obtener, con la debida anticipación, la visa de estudiante que otorga el permiso de residencia en Chile. Esta solicitud puede demorar hasta dos meses, por lo cual debe comenzar el trámite inmediatamente después del aviso de su selección como becario. Para eso, deberá realizar el trámite en línea a través de la página web https://tramites.extranjeria.gob.cl/.
A los/as postulantes interesados, se les sugiere iniciar el trámite de visa una vez que cuenten con la carta de aceptación definitiva del programa de magister al que postuló, lo cual no implica un compromiso de AGCID con el otorgamiento de la beca.
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Suscribir la Declaración Jurada contemplada en el Anexo 5 y presentarla junto a los otros documentos de postulación.
V. Presentar, los ejemplares originales de todos los documentos mencionados en el punto D de la presente Convocatoria y de la Declaración Jurada aludida en el número anterior.
VI. Suscribir en Chile el Convenio de otorgamiento y aceptación de beca cuyo formato preliminar se encuentra en el Anexo 2 de la presente Convocatoria. En todo caso, AGCID remitirá con anticipación por correo electrónico al candidato seleccionado el texto del Convenio, adaptado al caso particular del respectivo candidato.
Nota:
Los numerales I y III no procederán en el caso de las/los becarios/os que cursarán programas dictados en modalidad virtual. Asimismo, para dichas/os becarias/os, los compromisos indicados en números V y VI se gestionarán a través de mecanismos electrónicos.
COMPROMISOS QUE DEBERÁN ASUMIR LOS BECARIOS DE AGCID.
Todo/a becario/a asume los siguientes compromisos:
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Estar en posesión de los grados o títulos académicos apostillados y/o legalizados, y demás requisitos curriculares exigidos por la institución de educación superior en la que ha sido aceptado/a.
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Acreditar, mediante certificado médico competente, cada vez que AGCID así se lo solicite, buena salud física y psíquica, compatible con las exigencias académicas de los estudios para los cuales se le haya otorgado la beca. Se sugiere utilizar formato señalado en Anexo 6.
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Establecer domicilio en la ciudad en que cursará el programa de estudio para el cual se le haya otorgado la beca, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de su llegada a Chile. El/la becario/a deberá informar dicho domicilio a AGCID inmediatamente, al igual que todo cambio que ocurra al respecto. Además, deberá mantener informada a AGCID de sus números de teléfono en Chile y su dirección de correo electrónico vigentes.
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No ausentarse de Chile sin consentimiento de AGCID mientras esté vigente la beca. Para la acreditación del debido cumplimiento de la obligación establecida al inicio del presente número, AGCID estará facultada para exigir a el/la becario/a la exhibición de su pasaporte y podrá, además, solicitar a la autoridad migratoria chilena pertinente las certificaciones que estime del caso respecto de las entradas y salidas de el/la becario/a del territorio de Chile.
El/la becario/a sólo podrá ausentarse del país previa autorización de AGCID, en los siguientes casos:
I) Durante los meses de diciembre, enero y febrero de cada año y sólo por el período de feriado académico contemplado en el programa de estudios. Para estos efectos el/la becario/a deberá acompañar a su solicitud el documento emitido por la Universidad en el cual conste el período preciso que comprende el feriado académico del programa respectivo.
II) Por un lapso breve, el cual no podrá exceder de cinco días hábiles. Sólo en casos calificados y debidamente justificados por el/la becario/a, AGCID podrá conceder extraordinariamente un lapso mayor.
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Observar un comportamiento intachable y de pleno cumplimiento del ordenamiento jurídico chileno y de las medidas dispuestas por la autoridad administrativa y/o sanitaria del país. Sin perjuicio de otros hechos que puedan implicar un quebrantamiento de esta obligación, ella se entenderá, además, incumplida toda vez que el/la becario/a sea condenado por crimen o simple delito.
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Proporcionar, dentro del plazo que AGCID le fije, toda la información que ésta le requiera.
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Cumplir el régimen académico que establezca la institución de educación superior en la cual desarrolle sus
estudios.
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Aprobar la totalidad de las asignaturas o cátedras que, conforme al respectivo programa de estudio, le corresponda cursar durante cada período lectivo.
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Obtener, en cada período lectivo, un buen rendimiento académico, entendiendo por tal un promedio de calificaciones igual o superior a 5,0 o su escala equivalente.
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Cumplir con los requisitos académicos y administrativos exigidos por la respectiva institución de educación superior para obtener el grado académico para cuyo programa de estudio se haya concedido la beca. Para acreditar el cumplimiento de esta obligación, el/la becario/a deberá presentar a AGCID certificaciones emitidas por la autoridad académica competente de la respectiva institución de educación superior, respecto de:
I. El cumplimiento de los requisitos ya mencionados, mediante certificado emitido al término del semestre de estudio o al cierre administrativo realizado por la Universidad respectiva, que dé cuenta de la calidad de alumno/a regular de el/la becario/a; y
II. La calificación o nota final (expresada en una escala de 1 a 7, en que esta última es la máxima) obtenida en el respectivo programa de estudio.
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Dedicarse exclusivamente a los estudios para los cuales se le ha otorgado la beca, mientras ésta esté vigente. El cumplimiento de esta obligación incluye la prohibición de desempeñar labores remuneradas en Chile.
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Dar oportuno cumplimiento a todo requerimiento que por escrito le formule AGCID, incluyendo responder las encuestas que la Agencia le indique, y concurrir a toda citación o reunión a la que sea convocado por escrito por la Agencia durante el período de vigencia de la beca.
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Remitir a la AGCID, al término de los estudios, un correo electrónico adjuntando archivo en PDF con la tesis o monografía análoga aprobada por el programa de estudios.
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Dejar constancia de su calidad de becario/a de AGCID en todo trabajo de investigación o actividad de difusión con perfil académico en que participe.
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No postular a becas, para estudios, que coincidan total o parcialmente con los que esté cursando gracias a la beca otorgada por AGCID, mientras tenga la calidad de becario/a de la Agencia.
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Regresar a su país luego de haber cursado la totalidad del Programa de Estudio para el cual se le otorgó la beca.
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Los/as postulantes beneficiarios/as de una beca estarán sujetos a los requisitos y prohibiciones establecidos en el Decreto Ley 1.094 de 1975 y demás normas aplicables al ingreso y permanencia de extranjeros al país.
Notas: los requerimientos indicados en los números 3, 4, 5, 16, 17 no aplicará a estudiantes que cursen programa en modalidad virtual en sus respectivos países.
CASOS EN QUE AGCID PODRÁ SUSPENDER LOS BENEFICIOS DE LA BECA O APLICAR LA MEDIDA DE RETENCIÓN DEL PAGO DE LA ASIGNACIÓN MENSUAL.
En el evento de que un/a becario/a incumpla los compromisos indicados en el capítulo precedente de esta Convocatoria, AGCID podrá aplicar a su respecto alguna de las medidas señaladas en la cláusula quinta del Convenio cuyo formato se adjunta en el Anexo 2.
TERMINO ANTICIPADO DE LA BECA POR HECHO IMPUTABLE AL BECARIO.
En caso de que el/la becario/a incurra en alguna de las causales contempladas en los números 2, 3 y 4 de la cláusula sexta del convenio cuyo formato se adjunta en el Anexo 2 de esta Convocatoria, AGCID podrá poner término anticipado a la respectiva beca y a todos los beneficios señalados en el punto C de esta Convocatoria.
El/la becario/a objeto de la medida de terminación anticipada de la beca por las causales aludidas en el párrafo anterior, no podrá postular nuevamente a una beca otorgada por AGCID. Tampoco podrá hacerlo aquel que incumpla el compromiso señalado en el No 18 de la cláusula cuarta del convenio.
En caso de que se produzca la terminación anticipada de la beca por aplicación de las causales a que se alude anteriormente, el/la respectivo/a becario/a deberá devolver a AGCID la totalidad del monto que éste/a haya gastado respecto de dicho becario/a por concepto de los beneficios contemplados en los puntos I, II, IV y V de la cláusula tercera del convenio cuyo formato consta en el Anexo 2 de esta Convocatoria. Para los efectos indicados en el presente párrafo, AGCID notificará por escrito, a el/la becario/a y al punto focal de la Agencia en el país de su nacionalidad, el monto a devolver, con indicación del detalle correspondiente a cada rubro.
OTROS ASPECTOS.
Toda persona que haya sido favorecida con una beca de la cooperación chilena estará imposibilitada de postular a otra beca chilena de la AGCID hasta cinco años después del término de la beca original, si la nueva beca es para perfeccionamiento de postgrado. Si la nueva beca fuera para un perfeccionamiento especializado de corta duración, podrá hacerlo transcurridos tres años después del término de la beca original.
No se aceptarán candidaturas de extranjeros que posean visa de residencia y/o trabajo en Chile.
A los postulantes interesados, se les sugiere iniciar el trámite de visa una vez que cuenten con la carta de aceptación definitiva del programa de magister al cual postulo, lo cual no implica un compromiso de AGCID con el otorgamiento de la beca.